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Defensoría de las víctimas: Una política pública equivocada

El Ejecutivo pretende crear una especie de defensoría de las víctimas para fortalecer la posición de los afectados por un delito frente a un Ministerio Público que no los tutelaría adecuadamente, y frente a un sistema judicial que, a su juicio, confiere demasiados derechos a los imputados y pocos a las víctimas.


Esta propuesta es coherente por lo demás con la intención que tiene el Ejecutivo de poder auditar la labor que realiza el Ministerio Público en la persecución de los delitos, lo que ha generado una contienda institucional, pues este último organismo, amparado en su autonomía constitucional, se niega a que otro poder del Estado se entrometa en sus atribuciones y gestión.


¿Qué es lo que está detrás de la propuesta del Ejecutivo? Lo que hay en el fondo es una evaluación negativa de algunos aspectos de la reforma procesal penal efectuada una década atrás. Esa evaluación negativa apunta a que el Ministerio Público contaría en el Código Procesal Penal con demasiada discrecionalidad para optar por salidas alternativas al proceso, como son el archivo provisional, el principio de oportunidad, es decir la facultad para no iniciar la persecución penal o abandonar la iniciada, la suspensión condicional del procedimiento, la facultad de no perseverar en el procedimiento, etc., que evitan que se llegue a juicio ante el tribunal de juicio oral. Considera asimismo que los intereses de las víctimas no son adecuadamente defendidos por el Ministerio Público si se llega a juicio oral.


Para el Ejecutivo, el tema pasaría por darle a las víctimas que carecen de recursos económicos asesoría y representación jurídica gratuita para ejercer adecuadamente todos los derechos que el Código Procesal Penal les confiere, entre otros, el derecho a querellarse, a acusar, a forzar la acusación en caso que el Ministerio Público no lo haga, y a defenderse adecuadamente durante el juicio oral. El Código confiere a la víctima algunos derechos como contrapeso o control de esas actuaciones discrecionales del Ministerio Público, así como la admite como parte acusadora en el juicio penal, pero para poder ejercer esos derechos, se requiere la asesoría y representación por abogado. Contando con la representación de un abogado, las víctimas podrían asegurarse que respecto del delito que han sufrido se llegará necesariamente al juicio penal y que en él podrán sustentar adecuadamente su acusación.


Comentando tal propuesta, señalaré que ella parece no ser la alternativa adecuada para dar mayor tutela a las víctimas por delito. La "lucha a la delincuencia" no pasa por acrecentar las actuaciones procesales de los afectados por delitos, profundizando en los aspectos privados de nuestro procedimiento penal. La presencia y actuaciones de las víctimas en la persecución penal no es garantía para que se pueda obtener una condena penal. Generalmente estas víctimas no podrán contar con los medios de prueba adecuados como para obtener sentencias condenatorias. Y desde luego, una condena penal del acusado, si se logra, no es capaz de dar una efectiva tutela a la víctima del delito. Lo que efectivamente tutela a las víctimas es que se los proteja en su vida y bienes, y que se les repare los daños sufridos.


No parece sensato que el Estado gaste dineros públicos en pagar a más abogados dentro del sistema de enjuiciamiento criminal. Si se estima que el Ministerio Público no está tutelando el interés público penal ni dando protección a las víctimas, se puede discutir sobre el rol y potestades del Ministerio Público enviando un proyecto de ley modificatorio del Código Procesal Penal. Ahora bien, sin perjuicio de que ello puede ser un punto perfectamente debatible, se debe tener presente que si se decide reducir los poderes discrecionales de este órgano o las salidas alternativas al proceso penal, ello redundará en más trabajo para el Ministerio Público y para los tribunales penales. Desde luego ello obligaría a contar con más fiscales que pudieran realizar adecuadamente las investigaciones y llevar a juicio a los imputados. Produciría por otra parte una alteración importante al funcionamiento de esos tribunales. Si todo ello implicase más sentencias condenatorias privativas de libertad, pues será otra recarga más al sistema penitenciario que se encuentra en una profunda crisis. De todo ello habría que hacerse cargo, evaluando el costo financiero que involucraría.


En todo caso, este fortalecimiento del Ministerio Público comporta un uso más racional de los recursos públicos que financiar con dineros del Estado a los abogados que representarían los intereses de las víctimas en el procedimiento penal.


Si el Gobierno actual quisiese dar una efectiva "guerra a la delincuencia" y una mayor tutela a las víctimas de delitos, hay que partir por un plan de largo plazo de inversión social que intente paliar muchas causas de los delitos. Paralelamente debería incrementar la inversión en la prevención de los delitos, aumentando la dotación de las fuerzas policiales en el país. Y los dineros que piensa gastar en pagar a abogados, en este caso para las víctimas, podría utilizarlos alternativamente en potenciar las labores de persecución criminal del Ministerio Público y, finalmente, en la creación de un fondo económico para indemnizar los daños físicos y psíquicos que sufren las personas por los delitos violentos, como existe en los países de la Unión Europea y otros países desarrollados. Todo ello redundaría en mayor protección para las víctimas por delito y, en definitiva, para el conjunto de la sociedad.

 

Andrés Bordalí Salamanca

Profesor de Jurisdiccón - UACh

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