Las boletas falsas, el tráfico de influencias y el mercado de las comunicaciones estratégicas
El caso Penta y su última progenie, la lista de personas ligadas al mundo político que han emitido boletas presuntamente falsas a SQM, permite abordar una de las cuestiones sistemáticamente omitidas cuando se habla sobre el lobby: ¿Qué hacen los lobistas?
El problema político de las boletas falsas, y con esto el fenómeno del pago de una prestación no realizada, es que permiten una contribución al financiamiento electoral al margen de la ley. Por un lado, el candidato evita estar afecto al límite de gasto establecido, por otro lado, la empresa descuenta impuestos pasando como gastos lo que es en realidad una donación ilegal. ¿Cómo esto tiene que ver con el lobby?
El lobby o cabildeo es la práctica adoptada por parte de un grupo de interés de ejercer influencia sobre los agentes del Estado para que estos adopten decisiones favorables a sus intereses. Así, los empresarios y los trabajadores organizados son los agentes de lobby más tradicionales. De un tiempo a esta parte, sin embargo, las acciones de lobby han empezado a desplazarse de los propios grupos de interés hacía lobistas profesionales que ofrecen sus servicios al mejor postor. El surgimiento de cosas llamadas “comunicaciones estratégicas” y de toda suerte de “consultores comunicaciones” ha consolidado este tránsito hacía la profesionalización al mismo tiempo que ha sembrado muchas dudas sobre su legitimidad.
Sorprendentemente dicha ocupación es ocupada en nuestro país principalmente por políticos profesionales y sus familiares. Ellos obviamente tienen un conocimiento de primera persona de la actividad política y de sus particularidades. También conocen a los involucrados en dicha actividad personalmente. Mal que mal son sus camaradas, amigos y parientes.
Si damos esto por sentado, uno puede honestamente preguntarse ¿qué es lo que diferencia al lobby del tráfico de influencias?
Para responder esa pregunta es indispensable saber qué es lo que hacen y cómo se comprueba lo que hacen los consultores comunicacionales. Si lo que venden a sus clientes son sus contactos personales, y por tanto la posibilidad de influir en la toma de decisiones públicas de una manera privilegiada respecto del resto de la población que no puede pagar este servicio, no creo que haya ninguna diferencia. En contraste, si ellos venden análisis, estudios, actividades y todos un conjunto de cuestiones que dependen de su experiencia y de su trabajo, la asesoría comunicacional podría considerarse una actividad legitima.
Esta diferencia en la materialización de la actividad esconde otra arista que podría ser explotada. La fiscalización tributaria que se está llevando a cabo para determinar la veracidad o falsedad ideológica de las boletas de honorarios a SQM podría generar un precedente. Podría generarse una práctica de control sumamente estricto por parte de la autoridad tributaria a este tipo de prestación de servicios. Por un lado, a la exigencia de contratos que avalen la relación profesional debería ser sumarse, por ejemplo, la presentación de informes y la rendición de los gastos que puedan demostrar la realización de estudios y demases. Por otro lado, debería investigarse particularmente a aquellos prestadores de servicios cuya pertinencia como comunicación estratégica pudiera ser cuestionada debido a la ausencia de experiencia o formación académica.
Así, con el poder entregado por su capacidad fiscalizadora, el SII está en un lugar privilegiado para forzar a los sospechosos a demostrar su inocencia respecto a dos tipos de criminalidad: tributaria y política. Quienes no puedan dar prueba de su experticia y de la realización de las actividades lícitas, serán forzados a decir que ‘no han hecho nada’ (boleta ideológicamente falsa) o bien decir que han ‘llamado’ o tenido ‘reuniones’ con sus amigo, parientes o colegas y han cobrado por ello varios millones de pesos (tráfico de influencias).
Que ello desencadene o termine en políticos y lobistas acusados o condenados es difícil dado que todavía tenemos principio de presunción de inocencia y derecho a guardar silencio. A lo más, la información obtenida a través de los procesos de investigación tributaria podrá constituir un indicio para una investigación criminal. Pero tratándose de política, el silencio no es una actitud respetable para enfrentar una acusación de corrupción.
Para finalizar, si bien mi primera inclinación siempre ha sido dirigida a prohibir el lobby, el argumento acerca de que la prohibición llevaría al surgimiento de un mercado negro tiene cierta plausibilidad. No por esa razón, sin embargo, la regulación del lobby debe ser mínima. Las modalidades de regulación pueden adoptar no sólo diferentes grados de intensidad sino también diferentes modalidades. La fiscalización tributaria es una modalidad que hasta ahora no había sido mencionada pero que podría ser importante a la hora de apuntalar la confianza en nuestro sistema político.
Profesor del Instituto Derecho Público - UACh
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