Gran interés despertó coloquio sobre fallo de la píldora
En la actividad desarrollada en el Auditórium Paraninfo, académicos de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales analizaron distintos puntos de la sentencia del Tribunal Constitucional que causa gran revuelo en el país
* El fallo prohíbe la distribución en el sistema público de salud, no así su comercialización en el sistema privado
Con la presencia del Prorrector de la Universidad Austral de Chile, Dr. Juan Omar Cofré, académicos y gran cantidad de estudiantes, se llevó a cabo el Coloquio Académico “La controversia sobre la distribución de la píldora del día después. Análisis del Fallo del Tribunal Constitucional”, el lunes 28 de abril en el Auditórium Paraninfo del Campus Isla Teja, de dicha casa de estudios superiores.
La actividad fue organizada por la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales con el propósito de analizar -desde la cátedra universitaria- el fallo del Tribunal Constitucional que prohíbe la distribución en el sistema público del anticonceptivo de emergencia.
La presentación de este encuentro estuvo a cargo del Decano de la Facultad, Dr. Juan Andrés Varas, quien señaló que “una sentencia tiene la tarea de contestar una o más preguntas, al menos la pregunta de quien tiene la razón conforme a derecho. Pocas veces una sentencia en vez de contestar una pegunta, ha abierto tantas interrogantes como lo ha hecho la sentencia del Tribunal Constitucional".
Posteriormente, presentó a los académicos participantes: Dr. Andrés Bordalí (profesor de Derecho Procesal); Lic. Pablo Marshall (profesor de Derecho Constitucional); Dra. Yanira Zuñiga (profesora de Derecho Constitucional) y Dra. Daniela Accatino (profesora de Introducción al Derecho).
Cada uno de los especialistas analizó distintos puntos del fallo. En primer lugar y de manera contextualizadora, el Dr. Bordalí pasó revista de los distintos fallos sobre el tema desde el año 2001 y entregó una visión general que resumió y explicó los alcances de esta sentencia del Tribunal Constitucional que fue dada a conocer la noche del 18 de abril. Esto, luego de acoger el requerimiento presentado por 36 diputados de la Alianza que, cuestionando la constitucionalidad del Decreto Supremo Nº 48-2007 del Ministerio de Salud que establece “Normas Nacionales sobre Regulación de la Fertilidad”, buscaron impedir la entrega del anticonceptivo de emergencia en el sistema público de salud.
Posteriormente, el Lic. Pablo Marshall se refirió a la regulación constitucional del derecho a la vida y cómo ésta fue tratada en el fallo (“la ley protege la vida del que está por nacer”). Por su parte, la Dra. Yanira Zúñiga analizó la protección a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres, reconocidos en convenciones internacionales ratificadas por Chile, los cuales –manifestó- no fueron contemplados en el extenso documento de la sentencia.
Finalmente, la Dra. Accatino se refirió a la fundamentación probatoria del fallo. En su intervención expuso distintos aspectos científicos de las investigaciones sobre el fármaco y las versiones que entregan dichos estudios, objetando que el Tribunal le haya impuesto al Instituto de Salud Pública la obligación de probar la no abortividad del fármaco levonorgestrel. Señaló que, siguiendo este razonamiento, cada fármaco autorizado por el ISP podría ser cuestionado y este organismo, que es el oficialmente encargado de autorizar los medicamentos, cedería su posición para que los tribunales ocupen su lugar.
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