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En Conversaciones Constituyentes Australes: «Plurinacionalidad Autonomías Territoriales y otras normas aprobadas sobre Pueblos Originarios»

Expusieron los docentes Dr. Salvador Millaleo (U. de Chile) y Mg. José Aylwin (UACh)


 

 

Valdivia, 05 de mayo de 2022.- En su noveno capítulo de la segunda temporada, el programa Conversaciones Constituyentes Australes abordó el tema de «Plurinacionalidad Autonomías Territoriales y otras normas aprobadas sobre Pueblos Originarios», junto a los académicos Dr. Salvador Millaleo (U. de Chile) y Mg. José Aylwin (UACh).

 

La actividad, coordinada y conducida por la profesora de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la UACh, Dra. Daniela Accatino, se realizó el miércoles 04 de mayo de 2022, a las 18:00 horas, y se difundió mediante las redes sociales de Derecho UACh y por Radio UACh.

 

Su objetivo es dialogar y comprender los alcances de las discusiones en la Convención y analizar sobre los avances en el debate constitucional, poniendo en perspectiva algunas de las materias contenidas.

 

La conductora del programa, Dra. Daniela Accatino, comentó que el pleno de la Convención revisó el primer informe de la comisión de Derechos de los Pueblos Indígenas y Plurinacionalidad, compuesto por un total de 38 normas que abordan materias tales como la reparación y restitución de tierras, reconocimiento de tratados históricos y del genocidio indígena, entre otros.

 

La profesora Accatino precisó que, “el reconocimiento y el trato que la Carta Fundamental debiera dar a los Pueblos Originarios ha estado en el centro del debate constituyente, desde que comenzó a gestarse la regulación de su procedimiento y la incorporación de los escaños reservados para pueblos originarios como a lo largo de toda la discusión y aprobación de contenidos constitucionales, hasta hoy que hay más de 30 propuestas de normas aprobadas con contenidos relativos a los pueblos originarios”.

 

La plurinacionalidad es el reconocimiento de la existencia de distintas naciones y pueblos en un solo Estado indivisible. La interculturalidad es la coexistencia de distintas culturas y cosmovisiones, todo siempre dentro de un solo Estado.

 

Salvador Millaleo Hernández. Abogado de la Universidad de Chile. Doctor en Sociología. Profesor de Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Miembro del Instituto Milenio de Violencia y Democracia. Ha desarrollado variadas funciones públicas en temas vinculados con el estatuto jurídico de los pueblos originarios y ha participado en instancias relacionadas al proceso constituyente.

 

El profesor Millaleo indicó que un Estado Plurinacional es un concepto que se relaciona con dejar de pensar en la existencia de un grupo homogéneo de personas habitando en el territorio bajo administración del Estado de Chile, para ir hacia una visión que reconozca la convivencia de varias naciones.

 

“Se debe determinar cuál es el rol de los pueblos indígenas, su estatus dentro de la sociedad y cómo incorporar lo ya desarrollado en el derecho internacional de los derechos humanos en el ámbito constitucional. La relación entre Estado y Pueblos Originarios es uno de los elementos de mayor conflictividad presente en nuestra democracia, pero también es evidente que aquellos actores políticos que habían determinado no hacerse cargo previamente de este tema iban a reaccionar molestos, porque el proceso constituyente está reflejando estándares de derecho para los pueblos originarios”, sostuvo el miembro del Instituto Milenio.

 

José Aylwin Oyarzún. Abogado de la Universidad de Chile. Magíster de la Universidad de British Columbia, Canadá. Coordinador Programa Globalización y Derechos Humanos del Observatorio Ciudadano. Profesor de Derecho de los Pueblos Originarios de la Facultad de Ciencias Jurídicas y Sociales de la Universidad Austral de Chile.

 

El profesor José Aylwin explicó que las normas aprobadas hasta ahora por el Pleno de la Convención, en materia de pueblos indígenas van en la dirección de la tendencia del tratamiento jurídico internacional y comparado de la diversidad étnica indígena hoy dominantes a nivel global. “Dicha tendencia, de la que Chile con la Constitución de 1980 estaba completamente ausente, tiene por objeto poner fin a la negación de su existencia y derechos de que estos pueblos han sido víctimas a lo largo de la historia. Lejos de amenazar la unidad del Estado, ponen termino a la ficción del Estado-Nación, reconocen una plurinacionalidad de naciones en su interior y proponen una interculturalidad que fortalecerá la diversidad, y consecuentemente, la riqueza cultural de nuestro país”.

 

En cuanto a las normas que avanzan para el reconocimiento de los pueblos originarios en la nueva Constitución, el profesor Aylwin señalo que, son diversas las temáticas abordadas en las normas aprobadas por el Pleno y estas pueden ser agrupadas de la siguiente manera: reconocimiento de los pueblos y naciones indígenas así como de sus derechos colectivos e individuales; de la preexistencia de dichos pueblos y naciones; de la plurinacionalidad e interculturalidad del Estado; del derecho a la libre determinación y a la autonomía o autogobierno de los mismos pueblos; del derecho a sus instituciones, jurisdicciones y autoridades propias o tradicionales (incluyendo sistemas de justicia propios); del derecho a la participación; a la consulta y al consentimiento libre, previo e informado frente a medidas que les afecten; de sus derechos culturales incluyendo entre ellos al derecho a la diversidad cultural y a su propia cultura, a la identidad y cosmovisión, al patrimonio y la lengua indígena; y del derecho a la igualdad y no discriminación.

 

“Las críticas de los sectores conservadores, aunque trasversales a la mayor parte de dichas normas, se han centrado sobre todo en la declaración del Estado de Chile como plurinacional e intercultural, el reconocimiento del derecho de estos pueblos a la libre determinación y a la autonomía, y del pluralismo jurídico, del derecho propio y de los sistemas de justicia indígenas. Si analizamos estas normas las aprobadas referidas a estas temáticas veremos que todas ellas encuentran fundamento en el derecho internacional y derecho constitucional comparado antes referido”, puntualizó el académico.

 

«Conversaciones Constituyentes Australes» capítulo 9

 


 

 

Dra.Daniela Accatino, Mg. José Aylwin, Conversaciones Constituyentes Australes, Dr. Salvador Millaleo, Plurinacionalidad Autonomías Territoriales

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